Nos ponemos a su disposición para ayudarle con asuntos migratorios en relación con su personal, socios y familiares. No hay una plantilla específica para este tema ya que existen múltiples variables que pueden afectar el proceso, tiempo y costos. Es necesario estudiar las condiciones de cada persona y luego emitir opciones para considerar la solución que mejor se ajuste.
Brindamos asistencia en todos los trámites de obtención de visados para turistas, inmigrantes, trabajadores, inversores, extranjeros casados con ejecutivos panameños y otros. Actuamos en su favor para solicitudes de prórrogas, permisos de salida y entrada, solicitudes de residencia y naturalización entre los cuales pasaremos a detallar.
De igual manera trabajamos con los regímenes especiales existentes, presentamos solicitudes para la obtención del estatus especial migratorio en casos de rentistas jubilados, turistas pensionados o personas que poseen ingresos independientes, así como inversores para áreas como el turismo, las zonas de procesamiento para productos de exportación y la reforestación.
Para todos los casos, entre los elementos a considerar usted debe tener bien clara la información actual o más próxima sobre la persona que solicita:
- Ubicación: dónde está ubicada actualmente, ya está en Panamá o va a viajar?
- Estatus Migratorio: ya sea estando en panamá o próximo a viajar, en que situación entra o entrará al territorio? (tipo de visa, permiso, etc)
- Tiempo: cuánto tiene o va a estar en Panamá o que le permite su visa estar.
- Nacionalidad(es): cuáles posee, esto permite determinar si usted puede aplicar a visas con países que tienen trato especial
El orden usual para un estado legal en Panamá va a depender de sus necesidades y así mismo usted definirá hasta dónde desea llegar. El primer paso es llegar al país a través de una Visa de Turista y luego aplica a la Visa de acuerdo al régimen que aplique en donde usted aplicaría en el siguiente orden general a los diferentes pasos:
- Residente Temporal: se renueva el proceso completo cada año y debe hacerse 2 o 3 años seguidos dependiendo del país de origen al que usted pertenece. Es el primer paso para la mayoría de las aplicaciones y regímenes vigentes de visas, residencias y permisos de trabajo.
- Residencia Permanente: cumplido el tiempo de residencia temporal y habiendo aplicado correctamente el proceso en todas las ocasiones, usted puede aplicar a la residencia Permanente. También está disponible como primera instancia saltando la residencia temporal para algunas excepciones migratorias como los es la aplicación bajo el régimen de "Países Amigos" para el cual aplican los nacionales de al rededor de 50 países. Una vez adquirido, usted ya es residente sin necesidad de renovar su estatus y/o papeles, lo que podría ser su último trámite si así lo desea.
- Naturalización: usted podrá aplicar a la naturalización 2 a 5 años después de obtenida la residencia permanente, dependiendo de su situación familiar en Panamá,
Los siguientes documentos son una lista básica de documentos y dependiendo del proceso, podrían solicitarse más, sin embargo, esta lista representa una buena base para iniciar el proceso
- Poder al Abogado
- (5) Fotos de pasaporte (tamaño 3, 2”x2”)
- Copia notariada en Panama del Pasaporte
- Declaración Jurada de Antecedentes Personales (Formulario de Servicio Nacional de Migración, al pie de esta Página)
- Record Policivo de su país de origen
- Certificado de Parentesco (en caso de tener dependientes)
- Certificado Médico expedido por médico Panameño
- Documentación de respaldo a la razón o motivo de requerir permiso de trabajo y/o Residencia, estos documentos en caso de venir del extranjero necesitan ser Apostillados y si están en idioma distinto al español, deberán ser traducidos posteriormente por traductor oficial idóneo en Panamá.
Ejemplo de costos - Residencia Temporal
Tomando en cuenta que tenga todo en orden, los documentos que se requieran notariados y las variables sean minimizadas. La residencia temporal debe realizarse cada año durante 2 a 3 años dependiendo de la . Aplica cuando usted entra al país e inicia el proceso de residencia bajo algunas de las condiciones que así lo requieren:
- Honorarios Profesionales del Abogado
- Cheque Certificado por $250 a favor del Tesoro Nacional, el cheque se compra en un banco y cuesta al rededor de $10
- Cheque Certificado por $800 a favor del Servicio Nacional de Migración, el cheque se compra en un banco y cuesta al rededor de $10, este costo es para una eventual repatriación en caso de requerirse.
- Carnet de trabajo $40
- Carnet de Migración $50
Ejemplo de costos - Residencia Permanente
Tomando en cuenta que tenga todo en orden, los documentos que se requieran notariados y las variables sean minimizadas. Aplica cuando usted ya tiene 2 o 3 años con residencia temporal o en algunas de las condiciones que le permiten aplicar directamente por esta opción:
- Honorarios Profesionales del Abogado
- Carnet de residente permanente en trámite (para evitar quedar ilegal en medio del trámite) $50
- Carnet de residente permanente indefinido $100
- Cédula $50