KYC
Persona, identidad y conocimiento según relación y régimen.
ExplorarLEGAL
Delimitar obligaciones antes de diseñar controles. Integramos lectura jurídica, conocimiento de clientes y terceros, evidencia y decisiones sin aplicar el mismo programa a toda organización.
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La Ley 23 de 2015 y sus modificaciones no convierten a todas las empresas ni a todas las actuaciones profesionales en sujetos obligados de la misma forma. Se contrasta actividad efectiva, rol, productos, operaciones y supervisor. Después se identifica qué deber es legal, cuál deriva de un contrato y cuál es una política interna de gestión de riesgo.
El Decreto Ejecutivo 35 de 2022 reglamenta la Ley 23 y subroga el Decreto Ejecutivo 363 de 2015. Su lectura no elimina la necesidad de comprobar reglas y criterios del sector. Una exigencia documental de un banco a su cliente tampoco convierte automáticamente a ese cliente en sujeto del régimen bancario.
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Persona, identidad y conocimiento según relación y régimen.
ExplorarEntidad, actividad, representación y estructura; no sólo certificado registral.
ExplorarPersona natural que finalmente posee o controla, con evidencia del criterio aplicable.
ExplorarRegistro privado y rol del agente residente; no búsqueda pública de propietarios.
ExplorarIdentificar y evaluar el supuesto aplicable, sin equiparar condición y culpabilidad.
ExplorarAlcance, revisión, contratación y seguimiento proporcional al riesgo.
Explorar03
Actividad, rol, relación, supervisor y fuente. Separar obligación exigible, política interna y supuesto por confirmar.
Revisar documentos y muestras autorizadas para entender qué se ejecuta realmente. Registrar evidencia ausente sin presumir incumplimiento definitivo.
Identificar exposición, causa por validar, responsable y decisión. No todas las brechas se resuelven con más formularios.
Criterio de cierre, evidencia, cambios de contexto y responsabilidades. Un control aprobado en un manual necesita funcionamiento real.
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Un expediente puede estar completo y no explicar por qué se aceptó la relación. Un screening puede producir coincidencias que nadie resuelve. Un contrato puede exigir información que el proceso no actualiza. El trabajo conecta esas capas para que el dueño del control sepa qué decidir, qué conservar y cuándo escalar.
Los conceptos KYC y KYB describen trabajos relacionados pero diferentes. La identificación del beneficiario final no termina en la sociedad que figura como accionista; requiere examinar el criterio y evidencia de propiedad o control aplicables. El registro privado es otra obligación y canal: no sustituye el conocimiento del cliente ni da acceso público a sus datos.
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La misma contraparte puede vender un servicio y adquirir otro. El equipo debe distinguir finalidad de cada revisión, responsables y evidencia que puede compartirse legítimamente. Copiar un expediente completo entre áreas sin revisar necesidad y acceso no mejora por sí solo el control. No se concluye el nivel de diligencia sólo por una etiqueta comercial.
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La evaluación preliminar sólo clasifica el asunto. No envíe pasaportes, expedientes KYC, nombres de PEP, estructuras de propiedad o alertas por esta página. Tras conflicto y aceptación se acuerdan evidencia mínima, acceso, conservación y canal seguro. Ninguno de esos datos pertenece a URLs o analytics.
El alcance consultivo no incluye emitir certificados de cumplimiento, reportar en nombre del cliente, administrar accesos al registro ni representar ante autoridades. Una alerta, coincidencia de nombre o relación sensible exige validación competente; no se automatiza una conclusión sobre delito, elegibilidad o terminación de una relación.
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La propuesta identifica procesos o unidades incluidos, evidencia disponible, participantes, entregables y criterios de cierre. El calendario se confirma según complejidad y acceso autorizado; depende de que la organización pueda validar decisiones y ejecutar acciones. No se ofrece una duración uniforme ni un resultado garantizado.
El precio se define por proyecto, sin tarifa horaria automática, considerando el marco profesional aplicable al trabajo jurídico. Licencias, organismos certificadores, implementación adicional, capacitación o especialistas externos no se presumen incluidos. Cualquier ampliación se acuerda por separado antes de ejecutarla.
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Delimitar propósito, contraparte y evidencia de una revisión.
ExplorarControl editorial
Última revisión de fuentes: .
Borrador local. Revisión jurídica y técnica humana y aprobación de publicación pendientes. Métodos y ejemplos ilustrativos propios; no describen clientes, certificaciones o resultados acreditados.
Próxima revisión de fuentes a más tardar: , o antes si cambia una fuente o se prepara una publicación.
Este contenido ofrece información general. La norma, los criterios administrativos, los documentos y los términos aplicables deben revalidarse para el procedimiento concreto y la fecha de actuación.
Ficha oficial con modificaciones posteriores, incluida Ley 254 de 2021. Contrastar actividad, rol y supervisor antes de determinar obligaciones.
Consultar fuente oficialReglamento de la Ley 23; subroga el Decreto Ejecutivo 363 de 2015. Contrastar régimen, modificaciones y supervisor competente.
Consultar fuente oficialNormativa sectorial para determinadas actividades de abogados y contadores. No abarca indistintamente todo asesoramiento profesional.
Consultar fuente oficialRegistro privado de beneficiarios finales; consultar también Ley 254 de 2021 y reglamentación aplicable, no sólo la versión original.
Consultar fuente oficialLey 81 y su reglamento: revisar finalidad, acceso, conservación y canales al tratar expedientes o evidencia.
Consultar fuente oficialPreguntas frecuentes
No. Primero se identifica régimen y actividad. Controles internos voluntarios y obligaciones de sujetos regulados no son intercambiables.
No. Organizan conocimiento y validación bajo un alcance. El riesgo, las incógnitas y los cambios requieren decisiones y seguimiento.
No se ofrece como búsqueda pública. El acceso y gestión se sujetan al régimen privado y a los roles habilitados.
Evaluación preliminar
Evaluación Preliminar de 15 minutos, sin costo, para entender la categoría de situación y valorar encaje. No incluye asesoría, auditoría ni revisión documental.
Sujeto a conflicto, capacidad y aceptación escrita. No envíe documentos ni datos confidenciales antes de recibir instrucciones seguras. No incluye urgencias, litigios, audiencias o representación ante entidades; reservar no acepta el asunto ni suspende términos.